PAGOS DE IMPACTO ECONÓMICOS, RONDA 2 PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
1. ¿Soy elegible para recibir la segunda ronda de pagos del EIP?
a. Elegibilidad Básica:
i. Cualquier persona que tenga un número de seguro social (SSN) valido para trabajar,
ii. Siempre que dicha persona no sea considerada o reclamada como dependiente en la declaración de
otro Contribuyente; y
iii. Siempre que el ingreso bruto ajustado (AGI) de dicha persona no exceda ciertos umbrales1.
b. Cónyuges de Militares: Todos los cónyuges de miembros de las fuerzas armadas son elegibles, incluso si dichos cónyuges no tienen un SSN.
c. Adoptados: Los niños adoptados son elegibles con un Número de Identificación Fiscal de adopción.
d. Hogares de “Estatus Mixto”: La legislación introducida en la segunda ronda de EIP fijo la reglas en la Ley CARES que impedía que aquellos en hogares de “estatus mixto” recibieran la primera fonda de Pagos de Ingresos Económicos. Según la nueva legislación, un contribuyente con un SSN autorizado para trabajar que esté casado con un declarante de ITIN y casado que presente una declaración con conjunta (MFJ) con su cónyuge, ahora es elegible para el pago del EIP de segunda ronda, al igual que cualquier hijo dependiente elegible con SSN2. Este cambio es retroactivo, lo que significa que aquellos que califican bajo esta descripción que fueron excluidos de la primera ronda de EIP pueden reclamar ese reembolso al presentar sus declaraciones de impuestos de 2020.
2. ¿Cómo determinará el IRS la elegibilidad?
El IRS utilizara la misma metodología para calcular los pagos que utilizo para la primera ronda de EIP. Sin embargo, esta vez, en lugar de considerar la declaración de impuestos de 2018 para calcular el AGI, el IRS solo considerara las declaraciones de impuestos de 2019. Si no presento una declaración en 2019, o no uso el portal de no contribuyentes, entonces tendrá la oportunidad de reclamar esta segunda ronda en la presentación de su declaración de impuestos de 2020.
1 $75,000 para contribuyentes solteros; $112,500 para un declarante cabeza de hogar; $150,000 para contribuyentes conjuntos. El pago se reduce en $ 5 por cada $ 100 de ingresos por encima de estos umbrales.
2 Los hijos dependientes con SSN solo son elegibles para los pagos si al menos uno de los contribuyentes que los reclaman como dependientes en sus declaraciones de impuestos tiene un SSN válido autorizado para trabajar.
3. ¿Cuánto puedo esperar recibir del IRS?
a. Segunda Ronda de EIP:
i. $600.00 para personas con un ingreso bruto ajustado de $75,000.00 dólares o menos o $112,000.00 dólares para aquellos que se inscribieron como Cabeza de Familia en 2019.
ii. $1,200.00 por pareja que presente MFJ, con un AGI igual o inferior a $150,000.00 dólares en 2019.
iii. $600.00 pagados a contribuyentes elegibles por cada hijo calificado menor de 17 años en 2019, sin limitación. Los dependientes que tengan 17 años o más no serán elegibles. Una familia con un hijo nacido en 2020 es elegible para el monto de reembolso de $600 por hijo. Si un niño nació desde la última presentación de la familia, la familia no recibirá automáticamente los $600.00 dólares por el niño nacido en 2020. Para recibir el crédito, la familia puede reclamar el crédito de $600.00 dólares en su declaración de impuestos de 2020 hecha en 2021.
b. Primera Ronda de EIP para aquellos que califican para pago retroactivo:
i. $1,200.00 para personas con un AGI igual o inferior a $75,000.00 dólares o $112,000.00 dólares para quienes se postularon como Cabeza de Familia en 2019, 2020 o 2018.
ii. $2,400.00 por pareja que presente MFJ, con un AGI igual o inferior a $150,000.00 dólares en 2019, 2020 o 2018.
iii. $500.00 pagados a contribuyentes elegibles por cada hijo calificado menor de 17 años y al final del año fiscal 2019, sin limitación. Los dependientes que tenían 17 años o más al final del año fiscal 2019 no serían elegibles. Una familia con un hijo nacido en 2020 es elegible para el monto de reembolso de $ 500 por hijo. Si un niño nació desde la última presentación de la familia, la familia no recibirá automáticamente los $ 500.00 dólares por el niño nacido en 2020. Para recibir el crédito, la familia puede reclamar el crédito de $ 500.00 dólares en su declaración de impuestos de 2020 hecha en 2021.
4. ¿Cuando recibiré mi EIP?
a. Segunda Ronda de EIP: el IRS comenzó a emitir pagos durante la última semana de diciembre, más pagos a principios de 2021 y continuará emitiendo pagos hasta 2021 para los contribuyentes elegibles que pueden no
haber calificado en base a sus ingresos de 2019 pero que sí califican en base a sus ingresos de 2020.
b. Primer Ronda de EIP: el IRS emitió la primera ronda de EIP a principios de marzo de 2020 y continuó emitiéndolos durante el resto del 2020. Estos pagos se emitieron en función de los ingresos informados en las
declaraciones de impuestos de 2019 o 2018 o en el portal de no contribuyentes. Si no calificó para la primera ronda de EIP debido a sus ingresos, porque no utilizó el portal de no contribuyentes ni presentó una
declaración de impuestos, o porque se encuentra en un hogar de estatus mixto, puede reclamar el pago en su 2020 declaración de impuestos.
5. No he presentado mis impuestos de 2019 ¿Tengo que presentar una solicitud para recibir esta segunda ronda de EIP ?
En general, sí. El IRS basa esta ronda de pagos en la declaración de impuestos de 2019. Sin embargo, si se perdió el portal de no contribuyentes o no presento una declaración de impuestos de 2019, tendrá la oportunidad de reclamar ambos EIP al presentar una declaración de impuestos de 2020 si tiene ingresos sujetos a impuestos o mediante el Programa Free File de IRS. Vea, #14 k-n for filing resources.
6. ¿Cuándo comienza la temporada de declaración de impuestos?
La temporada de presentación de solicitudes de 2021 comenzará el 12 de febrero de 2021.
7. ¿Cómo pueden los declarantes no tributarias recibir un EIP?
A diferencia del año pasado, el portal de no contribuyentes ya no está disponible para los contribuyentes queobtienen poco o ningún ingreso y no están obligados a presentar una declaración. En su lugar, deberá presentar una declaración de impuestos simple de 2020 cuando comience la temporada de presentación el 12 de febrero de 2021. Consulte nuestros recursos a continuación para obtener más información sobre cómo reclamar pagos de impacto económico en su declaración de impuestos de 2020.
8. Por lo general, no presento una declaración de impuesto porque obtengo beneficios de SSA, SSI, SSDI, VA ¿Soy elegible para recibir el EIP ?
El IRS está trabajando directamente con la Administración del Seguro Social, la Junta de Retiro Ferroviario y la Administración de Veteranos para obtener la información necesaria para distribuir la segunda ronda de EIP de la
misma manera que se pagan los beneficios a sus respectivos beneficiarios.
9. ¿Como recibiré el Pago por Impacto Económico?
a. Puede esperar recibir el pago como depósito directo, cheque en papel o tarjeta de débito prepagado. Si el IRS tiene su información de depósito directo archivada, recibirá un pago de esta manera. Si ha cambiado su
cuenta bancaria desde la temporada de presentación de impuestos de 2019, o no proporcionó información de cuenta bancaria al presentar su declaración de impuestos de 2019, puede esperar recibir un cheque en papel o
una tarjeta de débito por correo en la última dirección conocida que tiene el IRS. en archivo.
b. Una Nota sobre las Tarjetas de Débito: Algunas personas que recibieron un cheque en papel la última vez pueden recibir una tarjeta de débito esta vez. La tarjeta de débito prepaga, denominada “Tarjeta de Pago de Impacto Económico”, está patrocinada por la Oficina del Servicio Fiscal y es emitida por el agente financiero del Tesoro, MetaBank, N.A. El IRS no determina quién recibe la tarjeta de débito. Las tarjetas son seguras y
protegidas y se envían en un sobre blanco que muestra el sello del Departamento del Tesoro de EE. UU. Para obtener más información sobre las tarjetas de débito, consulte nuestros recursos.
c. Si es elegible, pero no recibe su pago por algún motivo, puede reclamar el pago cuando presente sus impuestos de 2020 en 2021. Recuerde, los Pagos de Impacto Económico son un pago por adelantado de lo que se llamará Crédito de Reembolso de Recuperación en el 2020 Formulario 1040 o Formulario 1040-SR.
10. ¿Se utilizará mi Pago de Impacto Económico para compensar una deuda que debo por manutención de menores, acreedores privados o cobradores de deudas?
a. Segunda Ronda de EIP: No, a diferencia de la primera ronda de EIP, la segunda ronda de EIP no estará sujeta a compensaciones por manutención infantil atrasada y también estará exenta de embargos de acreedores
privados o cobradores de deudas. Vea #11 para la excepción.
b. Primera Ronda de EIP: Sí, la primera ronda de EIP estaba sujeta a compensaciones por manutención de niños atrasada y, en algunos estados, podía ser embargada por acreedores privados y cobradores de deudas.
California fue uno de los estados que introdujo legislación para evitar embargos por parte de cobradores de deudas y acreedores privados. Vea #11 para la excepción
11. Si reclamo el Crédito de Reembolso de Recuperación (EIP de la Ronda 1, EIP de la Ronda 2 o Ambas) en mi Declaración de Impuestos de 2020, ¿se utilizará para compensar los impuestos federales no pagados y otras deudas?
a. Compensación de EIP de Primera Ronda y EIP de Segunda Ronda: si no recibió su primer o segundo pago de EIP, el IRS le indicará que reclame un Crédito de Reembolso de Recuperación (RRC) cuando presente su declaración de impuestos de 2020. Esto permitirá que el IRS le acredite estos pagos. La Ley de Apropiaciones Consolidadas de 2021 (CCA) protegió la segunda ronda de EIP de todas las compensaciones, incluida los retrasos de la manutención de menores. Sin embargo, esa protección fue solo para pagos anticipados basados en la declaración de impuestos de 2018 o 2019. Al mismo tiempo, la CCA revisó retroactivamente la Ley CARES, sujetando las RRC a reglas de compensación regulares para impuestos federales impagos y otras deudas determinadas. Desafortunadamente, las RRC se tratan de manera diferente a los EIP pagados por adelantado. Esto significa que si usted es una persona elegible que aún no ha recibido su EIP completo y tiene ciertas deudas pendientes, como impuestos atrasados federales y estatales, manutención infantil impagada y ciertas otras deudas privadas, es posible que su EIP no pagado sea tratado como un CRR y, por lo tanto, es retenido para compensar dichas deudas
b. Reembolso por Omisión de Compensación (“OBR”): si puede demostrar una dificultad financiera, puede ser elegible para solicitar que el IRS omita la regla de compensación y le otorgue su reembolso en lugar de usarlo para pagar la deuda tributaria federal pendiente y otras deudas que de lo contrario, estará sujeto a una compensación. No existe una autoridad legal que requiera que el IRS emita una OBR. En cambio, el IRS ha tomado una decisión política para no compensar el reembolso de los contribuyentes y, en cambio, un reembolso al contribuyente si el contribuyente puede demostrar una dificultad. La solicitud debe realizarse antes de que el IRS evalúe el saldo y cuando se presente la declaración. Consulte nuestra sección de recursos para obtener más información sobre las OBR.
12. ¿Se gravará este Pago de Impacto Económico?
El Pago de Impacto Económico no se considerará ingreso y, por lo tanto, no estará sujeto a impuestos en su declaración de 2020. Tampoco reducirá el monto de su reembolso ni aumentará el monto que debe cuando presente
su declaración de impuestos de 2020. Tampoco se cuenta para la elegibilidad para programas federales tanto para fines de prueba de ingresos como de activos.
13. ¿Este Pago de Impacto Económico afectara mi elegibilidad para programas federales, como la Seguridad de Ingreso Suplementario?
No, el Pago de Impacto Económico se considera un reembolso de impuestos y no se cuenta para la elegibilidad para programas federales tanto para fines de prueba de ingresos como de activos.
14. ¿Hay implicaciones de Carga Pública?
El EIP es un crédito fiscal avanzado (basado en las declaraciones de impuestos de 2020), y la regulación de carga pública es clara en cuanto a que los créditos fiscales NO se consideran a los efectos de una determinación de carga pública. Dado que el EIP se considera un reembolso de impuestos, NO se cuenta para la elegibilidad para programas federales como Medicaid y el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP).
15. Recursos:
a. EIP (Comité de Medios y Arbitrios de la Cámara):
https://waysandmeans.house.gov/sites/democrats.waysandmeans.house.gov/files/documents/2021.01.2EIPOnePager.pdf
b. Preguntas y Respuestas Sobre el Crédito de Reembolso de Recuperación:
https://www.irs.gov/newsroom/recovery-rebate-credit
c. Reclamar el Crédito de Reembolso de Recuperación si no está obligado a presentar una declaración:
https://www.irs.gov/newsroom/recovery-rebate-credit-topic-a-claiming-the-recovery-rebate-credit-if-you-arentrequired-to-file-a-tax-return
d. Compensación de Crédito de Reembolso de Recuperación:
https://www.taxpayeradvocate.irs.gov/news/nta-blog-many-taxpayers-may-not-receive-the-fullamount-of-economic-impact-payments-to-which-they-are-entitled-but-the-irs-has-the-discretion-tocorrect-the-resulting-injustice/
e. Carta del IRS CP21C: https://www.taxpayeradvocate.irs.gov/news/nta-blog-economic-impactpayments-the-mystery-of-the-cp21c-letter/
f. Reembolso de Desvío de Compensación (OBR): https://www.irs.gov/irm/part21/irm_21-004-006r
g. Solicitar un Reembolso por Omisión de Compensación: https://procedurallytaxing.com/requestingan-offset-bypass-refund-and-tracing-offsets-to-non- irssources/#:~:text=In%20order%20to%20request%20an,the%20amount%20of%20the%20OBR
h. Preguntas y Respuestas del Segundo EIP: https://www.irs.gov/coronavirus/second-eip-faqs
i. Tarjeta de EIP: https://www.eipcard.com/
j. Anuncio del IRS de la Tarjeta de Débito EIP:
https://content.govdelivery.com/accounts/USIRS/bulletins/2b4af37
k. Sala de Prensa del IRS: https://www.irs.gov/newsroom/treasury-and-irs-begin-delivering-second-round-ofeconomic-impact-payments-to-millions-of-americans
l. Preguntas y Respuestas de la Primera Ronda del EIP: https://gop-waysandmeans.house.gov/qa-economicimpact-payments/
m. Primera Ronda de EIP. Preguntas más Frecuentes: https://www.irs.gov/coronavirus/economic-impactpayment-information-center#receiving
n. Servicios Legales d Bet Tzedek: Comuníquese con nuestra línea de admisión al 323-939-0506.
o. Herramienta para determinar el Requiso de Presentación: https://www.irs.gov/help/ita/do-i-need-to-file-atax-return
p. Asistencia Voluntaria con Impuestos sobre la Renta (VITA): https://irs.treasury.gov/freetaxprep/
q. Asesoramiento Fiscal para Personas Mayores (TCE): https://irs.treasury.gov/freetaxprep/
r. Presentación Gratuita: https://www.irs.gov/filing/free-file-do-your-federal-taxes-for-free
* Estos materiales se actualizaron por última vez el 19 de febrero de 2021. *